martes, 28 de febrero de 2012

Celibato y sacerdocio II

Estas tres decretales son de una importancia fundamental para la historia de los orígenes del celibato de los clérigos. Ellas presuponen como cosa normal y legítima, la ordenación de numerosos hombres casados. Estos últimos, a partir del diaconado, no están menos obligados a la continencia perfecta con sus esposas, en caso que ellas estén todavía en este mundo, y la infracción a esta disciplina, frecuente en aquel tiempo en algunas provincias lejanas de Roma, como España y Galia, se censura en cuanto contraria a la tradición apostólica. Los impugnadores de estas regiones invocan el Antiguo Testamento como apoyo a su causa, pero la continencia temporal de los levitas de Israel prueba que a fortiori los sacerdotes de la Nueva Alianza deben observar una continencia perpetua. Una. objeción sacada de la carta de san Pablo les parece decisiva a algunos: ¿acaso el Apóstol no ha solicitado que el obispo, el presbítero o el diácono sea "el hombre de una sola mujer" (unius uxoris vir) autorizando de tal modo la elección de candidatos casados? Sin duda, responde Siricio, pero esta consigna ha sido dada propter continentiam .futuram, en vista de la continencia que estos hombres casa dos debían haber practicado desde el día de su ordenación. Si ellos deben ser los hombres de una sola mujer, es porque la experiencia de fidelidad a la propia esposa representa una garantía de castidad para el futuro. Esta exégesis de 1Tim 3,2 y Tt 1,6 se olvida generalmente en nuestros días; ella es, sin embargo, una piedra angular de la argumentación de Siricio y de numerosos escritores patrísticos para fundamentar la disciplina del "celibato-continencia" con las Escrituras. Si se quiere apreciar adecuadamente la importancia de estas tres decretales, no hay que olvidar que la Iglesia de Roma ha gozado muy pronto de una posición absolutamente única como testigo de la Tradición procedente de los Apóstoles. San Ireneo lo ha expresado con una fórmula inolvidable: "Con esta Iglesia, en consideración de su origen excelente, debe necesariamente concordar toda la Iglesia, vale decir, los fieles de todo lugar; en ella, a beneficio de esta gente de todo lugar, ha sido siempre conservada la Tradición que viene de los Apóstoles". Admitir esta posición privilegiada de la Sede "apostólica", significa al mismo tiempo reconocer que los Pontífices romanos de fines del siglo IV se han hecho garantes en nombre de toda la Iglesia de una tradición de "celibato-continencia" para el clero superior que se remonta a los Apóstoles, y han conservado en esta afirmación toda su credibilidad. Las cartas decretales que apenas hemos visto no son de ningún modo los únicos documentos que atestiguan la antigüedad de la continencia perfecta de los clérigos casados. En la misma época, el 16 de junio de 390, un Concilio en Cartago votaba un canon con el texto siguiente: Epigone, obispo de Bulla la Real dice: "En un Concilio precedente, se ha discutido acerca de la regla de la continencia y de la castidad. Que se enteren pues (ahora) con más energía los tres órdenes que, en virtud de su consagración, están vinculados por la misma obligación a la castidad, quiero decir, el obispo, el sacerdote y el diácono, y que se les enseñe a ellos a conservar la pureza". El obispo Genethlius dice: "Como habíamos dicho anteriormente, es oportuno que los santos obispos y sacerdotes de Dios, así como los levitas, o sea aquellos que están al servicio de los sacramentos divinos, observen continencia perfecta, a fin de poder obtener con toda naturalidad aquello que ellos piden a Dios; aquello que enseñaron los Apóstoles y aquello que la misma antigüedad ha observado, veamos nosotros mismos el modo de atenernos a ello". En unanimidad, los obispos han declarado: "Se ha admitido con agrado el hecho que el obispo, el sacerdote y el diácono, guardianes de la pureza, se abstengan de sus esposas, a fin de que aquellos que están al servicio del altar conserven una castidad perfecta". Este canon confirma indirectamente, a su vez, la presencia de numerosos hombres casados en las filas del clero. Los sujetos de la ley son los diáconos, los sacerdotes y los obispos, a saber, los miembros de las tres órdenes superiores del clericato a las cuales se accede mediante consagraciones. Estas últimas colocan al hombre aparte, para el desarrollo de las funciones que conciernen a lo divino. El servicio de la eucaristía es aquí el fundamento específico de la continencia exigida a los ministros. A esto se añade un segundo motivo que evidencia la finalidad de la obligación: "A fin de que puedan obtener con toda naturalidad aquello que ellos piden a Dios" (quo possint simpliciter quod a Deo postulant impetrare). Aquel que está al servicio de los misterios cristianos es un mediador entre Dios y los hombres y, en cuanto tal, debe asegurarse las condiciones necesarias para una oración de intercesión eficaz. Sin la castidad el ministro estaría privado de una cualidad esencial en el momento de presentar a Dios el pedido de sus hermanos y se privaría en cierto sentido de la libertad de palabra. Con ella, en cambio, entra en relaciones muy "sencillas" con el Señor, relaciones que son una garantía de que su pedido sea escuchado. El mejor comentario sobre este canon lo ha hecho el gran canonista bizantino del siglo XII, Juan Zonaras: "Estos son, en efecto, intercesores entre Dios y los hombres, que, instaurando un vínculo entre la divinidad y el resto de los fieles, piden para todo el mundo la salvación y la paz. Por eso, si ellos se ejercitan, como dice el canon, en la práctica de todas las virtudes y dialogan así con toda confianza con Dios, obtendrán sin dificultad aquello que han pedido. Pero si estos mismos hombres se privan, por su culpa, de la libertad de palabra, ¿en qué modo podrán desvincularse de su oficio de intercesores por los otros?" .

domingo, 26 de febrero de 2012

Celibato y sacerdocio

Aquí os dejo un estudio concienzudo sobre el tema que preocupa a tanta gente, y que no debería. Todo está concienzudamente enraizado en la Tradición de la Iglesia. Para hacerse una idea concreta del celibato sacerdotal en los orígenes de la Iglesia, sería necesario poder entrevistar a algunas de las grandes figuras de sacerdotes o de obispos casados de los primeros siglos y preguntarles a ellos cómo han vivido su matrimonio después de la ordenación. Un Félix III, por ejemplo, Papa del 483 al 492, esposo de una cierta Petronia, de la cual había tenido al menos dos hijos, y que tendrá por bisnieto al ilustre Gregorio el Grande. O más aún, al Papa Ormisdas, en el siglo VI, cuyo hijo Silverio se convertirá, a su vez, en sucesor del trono de Pedro. Entre los obispos, Gregorio el Iluminador, primer catholicos armeno (+ ca. 328), que, casándose cuando era joven, había tenido dos hijos: el menor Aristakes, que le sucederá inmediatamente, y el mayor Verthanes, que, sucediendo al menor, será el tercer catholicos de la dinastía gregoriana. En Galia un Eucherio de Lión (+ ca. 449), esposo de Galla y padre de dos futuros obispos, Salonio de Ginebra y Verano de Vence. En Italia san Paulino de Nola (+ 431), que de su esposa Terasia había tenido un hijo fallecido a temprana edad. Y en Irlanda, un sacerdote de nombre Potitus, que la historia habría olvidado hace ya mucho tiempo si no hubiese sido el abuelo de san Patricio. Sería larga la lista de todos aquellos cuyo testimonio habría sido muy útil para revelarnos como fueron las cosas y el por qué. En los orígenes de la ley Pero si es imposible interrogar las voces que ahora callan, tenemos en cambio, un cierto número de textos que nos informan de manera clara. A partir del siglo IV, en efecto, una legislación escrita toma nota de dos obligaciones complementarias: no sólo el matrimonio está prohibido después de la admisión a los grados superiores del clericato, sino el mismo uso del matrimonio está prohibido a los miembros del clero superior que podían haber estado casados antes de su ordenación. Para facilitar tal distinción con una terminología apropiada, convengamos en llamar a la primera de estas obligaciones ""ley del celibato en sentido estricto" y a la segunda ""ley del celibato-continencia". Se sabe bien que, en orden de tiempo, el primero de los concilios de la Iglesia universal en exigir la continencia perfecta de los clérigos casados, es el Concilio de Elvira, al inicio del siglo IV, del cual el Papa Pío XI dirá un día que él presupone una prehistoria y "no hace otra cosa que reforzar y unirse a una cierta exigencia, por así decirlo, que tiene su origen en el Evangelio y en la predicación de los Apóstoles". Regresaremos sobre el tema. En primer lugar, será conveniente tomar conocimiento de los numerosos documentos públicos que, desde aquella época, hacen remontarse la disciplina del "celibato-continencia" a los tiempos apostólicos. En orden cronológico éstos son: La decretal Directa, del 10 de febrero de 385, enviada por el Papa Siricio al obispo español Himerio, Metropolita del área de Tarragona. La decretal Cum in unum, enviada por Siricio a los episcopados de diversas provincias para comunicarles las decisiones tornadas en enero de 386 en Roma por un Concilio de 80 obispos. La decretal Dominas inter, en respuesta a algunas preguntas de los obispos de Galia. El canon 2 del Concilio celebrado en Cartago, en junio de 390. La decretal Directa es una respuesta del Papa Siricio a una consulta hecha a su predecesor Dámaso por el obispo español Himerio acerca de la continencia de los clérigos. A las noticias dolorosas que le llegaban desde España acerca del estado del clero, el jefe de la Iglesia reacciona con un llamado al deber de la continencia perfecta, cuyo principio está contenido en el Evangelio de Cristo, y añade: .,Es por la ley indisoluble de estas decisiones que todos nosotros, sacerdotes y diáconos, nos encontramos atados desde el día de nuestra ordenación (y obligados) a poner nuestro corazón y nuestro cuerpo al servicio de la sobriedad y de la pureza ...". Un año después, en 386, Siricio envía a diversos episcopados la decretal Cuni in ununt para comunicarles las decisiones tomadas en Roma por un Concilio de 80 obispos. El documento insiste sobre la fidelidad a las tradiciones procedentes de los Apóstoles, ya que ""no se trata de ordenar nuevos preceptos, sino de hacer observar aquellos que a causa de la apatía y de la indolencia de algunos han sido descuidados, Entre estas diversas cosas "establecidas por una constitución apostólica y por una constitución de padres" se encuentra también la obligación a la continencia para los clérigos superiores. Una tercera decretal -la Dominus inter- es una respuesta de Siricio (o quizá de Dámaso) a una serie de preguntas enviadas por los obispos de Galia. El Papa anuncia ante todo que retomará en orden las preguntas hechas haciendo conocer las tradiciones" (singulis itaque propositionibus sito ordine reddendae sunt traditiones) y en este contexto habla también de los obispos, de los sacerdotes y de los diáconos, respecto a los cuales dice expresamente: "No sólo nosotros, sino también la Escritura divina hacen del ser casto una obligación"... Seguirá

jueves, 2 de febrero de 2012

Formación, formación, formación, formación

Hoy por hoy, paradójicamente tenemos el mejor acceso que nunca a documentos - Nivel académico (contra el analfabetismo…) - Publicaciones y medios de comunicación, a punta pala... - Facilidad de acudir a las fuentes: webs Dice (1 Pedro 3, 15): “Glorificad a Dios en vuestros corazones, siempre dispuestos a dar respuesta a todo el que os pida razón de vuestra esperanza; pero con mansedumbre y respeto”. O, como afirma en presidente del recién creado Pontificio Consejo para a Nueva Evangelización, Rino Fischella: “La nueva evangelización deberá encontrar el modo de formar la conciencia de los cristianos para que sean capaces de juicios, decisiones y actitudes públicas que sean coherentes con la persona y enseñanzas de Jesús viviente” “Lo que el mundo necesita hoy de manera especial es el testimonio creíble de los que iluminados en la mente y el corazón por la Palabra del Seor, son capaces de abrir el corazón de muchos al deseo de Dios y de la vida verdadera, ésa que no tiene fin.” (Porta Fidei, n. 15) Y Benedicto 16 dice en su penúltima carta: “la nueva evangelización se está volviendo cada vez más necesario, a causa de las situaciones de descristianización frecuentes en nuestros días, para gran número de personas que recibieron el bautismo, pero viven al margen de toda vida cristiana; para las gentes sencillas que tienen una cierta fe, pero conocen poco los fundamentos de la misma; para los intelectuales que sienten necesidad de conocer a Jesucristo bajo una luz distinta de la enseñanza que recibieron en su infancia, y para otros muchos” (Carta Ubicumque et Semper). Formación Significa: 1º Conocimientos: del evangelio, y de la propia persona. 2º Hábitos intelectuales y prácticos de obrar. Porta Fidei, la última carta del Papa habla 9 veces del Catecismo (¡¡¡¡y son 10 hojas de documento!!!!): 1º Sobre el Catecismo de la Iglesia Católica, lo anuncia como “subsidio precioso e indispensable” (cfr. P.F, n. 11) 2º promover el uso del Catecismo de la Iglesia católica, como formulación esencial y completa del contenido de la fe para los hombres de nuestro tiempo. 3. promover el uso del Catecismo de la Iglesia católica, como formulación esencial y completa del contenido de la fe para los hombres de nuestro tiempo. (Porta Fidei; Y por eso el XIII Sínodo de los Obispos sobre La nueva evangelización para la transmisión de la fe cristiana, anima a usar el Catecismo, el Compendio, o el Compendio: “transmitir la fe en Cristo significa crear las condiciones para una fe pensada, celebrada, vivida y rezada: esto implica inserir en la vida de la Iglesia. Ésta es una estructura de transmisión muy radicada en la tradición eclesial. A ella se refiere el Catecismo de la Iglesia Católica, así como también el Compendio del mismo Catecismo, que la asume para sostenerla, explicitarla, promoverla. Hay que leer el Catecismo, concluyo.

miércoles, 1 de febrero de 2012

Nueva evangelización

De Benedicto 16, en su éltimo documento Ubicumque Et Semper: «Enteros países y naciones, en los que en un tiempo la religión y la vida cristiana fueron florecientes y capaces de dar origen a comunidades de fe viva y operativa, están ahora sometidos a dura prueba e incluso alguna que otra vez son radicalmente transformados por el continuo difundirse del indiferentismo, del laicismo y del ateísmo. Se trata, en concreto, de países y naciones del llamado primer mundo, en el que el bienestar económico y el consumismo —si bien entremezclado con espantosas situaciones de pobreza y miseria— inspiran y sostienen una existencia vivida "como si Dios no existiera”. “El siervo de Dios Pablo VI observaba con clarividencia que el compromiso de la evangelización «se está volviendo cada vez más necesario, a causa de las situaciones de descristianización frecuentes en nuestros días, para gran número de personas que recibieron el bautismo, pero viven al margen de toda vida cristiana; para las gentes sencillas que tienen una cierta fe, pero conocen poco los fundamentos de la misma; para los intelectuales que sienten necesidad de conocer a Jesucristo bajo una luz distinta de la enseñanza que recibieron en su infancia, y para otros muchos” Vemos cómo nos remite a 2 ámbitos: Ad intra: 1º Debido a una gran ignorancia doctrinal. ¿Quién soy?, ¿qué es ser cristianos?, ¿qué debemos creer?, ¿a qué no podemos renunciar? Se duda o ignora, por los cristianos, ENTRE OTRAS… A Existencia de Dios B Naturaleza de la misión de Cristo: redención C Libertad y gracia: confirmación, oración, D Fe como dato intelectual (vs sentimiento, ) E Comprensión de las Escritura F Comprensión de la Liturgia… 2º Consecuencias: - Fe NO-celebrada (sacramentos): desnaturalización de lo sacro. - Fe NO-vivida (moral): desorientación moral. 3º Tensiones intra-eclesiales: cómo los 2 grandes cismas de la Iglesia: intra-eclesiales. B 16, afirma en Porta Fidei la existencia de catecismos no del todo en sintonía con el Catecismo de la Iglesia Católica. (teología liberación-lefebrianos) - Consecuencia lógica en una sociedad que ensalza la libertad personal hasta hacerlo un todo: desobediencia jerárquica, actitudes contestatarias… Ad extra: 1º Indiferencia (no ateísmo): Desafío: Indiferentismo, la sublimación del todo vale, porque no vale nada: historicismo, como post-historicismo; cientificismo, como post-cientificismo… Se conocen los ppios doctrinales…pero no son asimilados, ni creídos, ni tomados en consideración…más bien todo lo contrario: atacados como amenazas “El acto de fe supone determinadas actitudes antropológicas que son las que la secularización pone en discusión: capacidad de la verdad, de la belleza, responsable para elegir el bien” (Rino F.) 2º Sociedad fuertemente pluralizada. (lo plural como bueno, independientemente de su verdad)